
Cálculo de semanas pensión: el cambio que beneficia
La Corte Suprema de Justicia modificó en 2024 la forma de contar las semanas que acreditan derecho a pensión. Este cambio afecta a todos los trabajadores en el régimen de prima media (Colpensiones y AFP) y puede significar semanas adicionales en el historial laboral para acceder a vejez, invalidez, sobrevivientes e indemnización sustitutiva.
De la fórmula fija al conteo real de días
Durante décadas, el sistema asumió que cada mes tenía exactamente 30 días, lo que resultaba en 4,29 semanas mensuales y 52 semanas anuales (calculadas como 365 ÷ 7). Esta era una simplificación administrativa que funcionaba, pero no reflejaba la realidad del calendario.
La sentencia SL138 de 2024, emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema, cambió el criterio: ahora se cuentan los días calendario reales de cada mes y año. Esto significa:
- Enero, marzo, mayo, julio, agosto, octubre, diciembre (31 días) = 4,43 semanas cada uno
- Abril, junio, septiembre, noviembre (30 días) = 4,29 semanas (igual que antes)
- Febrero (28 o 29 días) = 4 o 4,14 semanas
- Año completo = 52,14 semanas (365 días) o 52,29 semanas (366 días en años bisiestos)
¿Cuántas semanas más gana un trabajador?
La diferencia no parece grande a primera vista, pero se acumula significativamente a lo largo de años de cotización. Un afiliado con 30 años de trabajo continuo puede ganar aproximadamente 21 semanas adicionales (casi 5 meses de cotización) que antes no se le reconocían.
Para trabajadores que están cerca del requisito de semanas para pensionarse, esta modificación puede ser determinante. Quien necesitaba 1.300 semanas y solo tenía 1.280, ahora puede alcanzar o superar el tope con el nuevo conteo.
¿Se refleja en Colpensiones?
Por ahora, la historia laboral en Colpensiones aún muestra el conteo antiguo (30 días fijos por mes). El sistema administrativo lo actualizará en el momento en que se reconozca oficialmente el derecho a pensión, es decir, cuando el trabajador radicue la solicitud y Colpensiones revise su caso completo.
¿Qué hacer si te faltan pocas semanas?
- Solicita a Colpensiones o tu AFP una proyección actualizada usando el nuevo criterio de días reales
- Si eres independiente o tienes vacíos contributivos, revisa si se pueden hacer aportes voluntarios
- Si trabajas en régimen de transición (ley 100) o régimen solidario (ley 1562), consulta cómo aplica el cambio a tu caso específico
- Considera asesoría especializada si estás muy cerca del requisito de semanas
Este cambio jurisprudencial beneficia especialmente a trabajadores con historias laborales de más de 20 años, y abre la puerta a revisar casos de personas que hace tiempo les negaron la pensión por «falta de semanas». Si ese es tu caso, este es el momento de gestionar una revisión formal ante tu fondo de pensiones.
Contenido informativo de Incapacidades.ai (Fuente: Gerencie.com). No constituye asesoría legal ni médica; para tu caso puntual consulta con un profesional.

